El Ministerio de Salud podrá denunciar penalmente a las obras sociales que no cumplan con las prestaciones

Por unanimidad, los diputados mendocinos convirtieron en ley el Registro Provincial de Financiadores de Salud.

La normativa tiene como objetivo sistematizar, auditar y controlar a los financiadores del sistema de salud que presten servicios en el territorio provincial.

Los mismos tendrán la obligación de presentar al momento de su inscripción y mantener actualizado en forma obligatoria, un detalle pormenorizado de los Programas de Prestaciones Médico Asistencial que brindan a sus beneficiaros, el listado completo de sus beneficiarios, las instituciones donde efectivamente se prestan las mismas y los convenios celebrados.

“En caso de producirse modificaciones en los convenios celebrados, los agentes deberán presentarlas al Ministerio de Salud y Deportes en un plazo no mayor a treinta días corridos”, dice la ley.

A su vez, “se faculta de esta manera al Ministerio de Salud y Deportes para celebrar los convenios que estime necesarios con el objeto de establecer las pautas de funcionamiento, los derechos y obligaciones de las partes, los nomencladores prestacionales, y todo aquello que resulte oportuno para hacer efectiva la prestación del servicio de salud, en el ámbito de las competencias provinciales”.

Un elemento para destacar es que, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, el Ministerio de Salud de Mendoza tiene la facultad de efectuar las denuncias penales y administrativas que resulten pertinentes.

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